Nuestras políticas y procedimientos se establecen de conformidad con el artículo 14, parte 382 CFR, Principios de No Discriminación por Discapacidad en Viajes Aéreos. Todos los aeropuertos cuentan con CRO capacitados que han recibido capacitación y conocen las regulaciones para garantizarles un viaje accesible a los Clientes con discapacidades. Tienes derecho a hablar con un CRO y podrás comunicarte rápidamente en persona o por teléfono.
Puedes obtener una copia del artículo 14, parte 382 CFR, Principios de No Discriminación por Discapacidad en Viajes Aéreos en un práctico formato en el Departamento de Transporte a través de cualquiera de los siguientes medios:
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- Para llamadas realizadas dentro de Estados Unidos, por teléfono a través de la línea gratuita para viajeros aéreos con discapacidades al 1 (800) 778-4838 (voz) o 1-800-455-9880 (TTY)
- Por teléfono con la División de protección al consumidor en la aviación (202) 366-2220 (voz) o (202) 366-0511 (TTY)
- Por correo con la División de protección al consumidor en la aviación, C-75, Departamento de Transporte de EE.UU., Air Consumer Protection Division, C-75, U.S. Department of Transportation, 1200 New Jersey Ave. SE, West Building, Room W96-432, Washington, DC 20590
- En la página de Internet de la Oficina de Publicaciones del Gobierno de EE. UU.
El Departamento de Transporte de los EE.UU. publicó un práctico resumen donde se describen los derechos de los viajeros aéreos con discapacidades según la Ley de Acceso al Transporte Aéreo. La Declaración de Derechos consiste en los siguientes puntos y se puede leer completa en la página de internet del Departamento de Transporte de EE.UU..
- El derecho a ser tratado con dignidad y respeto.
- El derecho a recibir información sobre los servicios y las capacidades y limitaciones de la aeronave.
- El derecho a recibir información en un formato accesible.
- El derecho a circular por instalaciones aeroportuarias accesibles.
- El derecho a recibir asistencia en el aeropuerto.
- El derecho a recibir asistencia en la aeronave.
- El derecho a viajar con un dispositivo de asistencia o un animal de servicio.
- El derecho a recibir la designación de asientos.
- El derecho a funciones accesibles en la aeronave.
- El derecho a la resolución de cuestiones relacionadas con una discapacidad.
